lunes, 21 de febrero de 2011
Error de bulto.....
La Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos de Granada tilda de error la integración de todos los trabajadores del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (REASS) en el Régimen General.
La medida encuadrada en el Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de pensiones solo generará una mejora de sus prestaciones en parte de los 600.000 jornaleros que tienen su residencia en Andalucía y Extremadura.
Nicolás Chica, Secretario General de UPA-Granada, ha venido planteando en los últimos años que esta medida es de imposible aplicación para el total del colectivo y la califica de varapalo para el campo granadino. La actual situación en la que se encuentra sumergido el campo andaluz de permanente crisis económica producida por los bajos precios de los productos y por una política que elude constantemente los mecanismos de control de mercado, no permite un incremento de los costes de producción derivados de mayores cargas sociales. Esta medida más allá de generar un aumento de las prestaciones puede suponer un cese de profesionales al frente de la actividad agraria y la consecuente perdida de empleos.
Por otro lado, no se entiende la aplicación indiscriminada de esta medida cuando en datos del Ministerio de Trabajo, un jornalero sólo tiene trabajo en el campo durante 50 días al año, esto supondrá que un trabajador del campo tendrá que trabajar durante siete años para percibir tres meses de paro. A partir de aquí, es absolutamente imprescindible hacerse algunas preguntas de respuesta hoy incierta.
¿Qué prestación por desempleo corresponde a un trabajador con 50 jornales al año¿
¿Como se puede afirmar que una de las primeras consecuencias será la equiparación de la paga de jubilación, que podría duplicarse, ya que en 2009 la pensión media del régimen agrario era de 556,9 euros frente a los 1.073 del Régimen General, cuando la inmensa mayoría del colectivo apenas superan las 50 jornadas anuales?
¿Qué pasará con el actual subsidio por desempleo del REASS¿
¿Cuál será la carga en cotizaciones que tendrá que soportar trabajador y empresario?
Desde UPA-Granada entendemos que esta medida no se puede aplicar sin excepcionalidad. El trabajo en el campo se caracteriza por la ajeneidad y la eventualidad, aspecto este último de difícil encuadre en el actual Régimen General. En ese sentido y con el convencimiento de que hay que hacer algo para que se igualen las condiciones de trabajo y la jubilación de los trabajadores del campo, se debe de partir de una jubilación no superior a los 65 años y de un Régimen que contemple los aspectos especiales de la actividad agraria, sin que ello suponga un nuevo estrangulamiento a la frágil renta de los agricultores.
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